"Caso Planillas" O'Higgins fue por lana...

Visto todos los antecedentes, el tribunal de disciplina multó a O'Higgins y Colo Colo por la mala inscripción de las planillas en el caso de O'Higgins. El monto fue de 10 UTM debido a la mala inscripción de Eliano Ruffini en el encuentro ante Cobresal...


Lo que en algún momento al más iluso celeste tenía motivado de que el tribunal podía sentenciar el fallo a favor de O'Higgins y descontando incluso puntos al club capitalino, no quedó en nada más que multas económicas en las cuales O'Higgins también cae en infracción. 

Este miércoles el tribunal sentenció lo siguiente: 

1) La denuncia presentada por el club O’Higgins S.A.D.P con fecha 28 de Febrero de 2017, con ocasión del encuentro disputado entre este último y el club Colo Colo el 18 de Febrero en el Estadio Monumental. Según la denuncia, el club Colo Colo habría infringido las Bases del campeonato en curso en su numeral 53 número 1 que señala: “No podrá firmar la planilla, ni ubicarse en el banco, ni cumplir función alguna, un Director Técnico que no tenga contrato registrado en la ANFP en esa calidad y su finiquito con el club anterior. Lo mismo se aplicará para las funciones de Entrenador Ayudante, Preparador Físico y Preparador de Arqueros”. Señala el denunciante que en el referido encuentro deportivo el señor Agustín Salvatierra aparece registrado como preparador de arqueros en circunstancias que no ostentaría esa calidad, ni que tampoco se encuentra autorizado para ejercer dicha función y que por consecuencia no podría figurar ni ser incluido en el banco de suplentes. Por esta razón, solicita al Tribunal que se aplique el artículo 53° número 5, o la sanción que se estime. Acompaña como medio de prueba la planilla del partido en cuestión. 

2) La denuncia interpuesta por Club de Deportes Cobresal con fecha 02 de Marzo del 2017, con ocasión del encuentro disputado entre este último y el club O’Higgins S.A.D.P jugado el 24 de Febrero del año en curso. Señala la denuncia que el Club O’Higgins inscribió al señor Eliano Ruffini como Asistente Técnico, cargo que no está contemplado, enumerado, o simplemente inexistente, dentro de los señalados taxativamente en el artículo 37 N° 1; señalando, además, que consta en la planilla del partido que la función de Entrenador Ayudante fue desempeñada por el Señor Víctor Fuentes. Indica, además, que la información proporcionada por la denunciada en la planilla del partido presentaba una enmendadura por cuanto el respectivo documento presentaba un rayado en forma manuscrita, en el cual se consignaba el cargo de “asistente técnico”. Por tal motivo, pide la denunciante que se aplique la sanción establecida en el N° 5 del artículo 53° de las Bases del Campeonato Nacional, consistente en la pérdida de los tres puntos obtenidos por la denunciada en el partido jugado contra Club de Deportes Cobresal el pasado 24 de Febrero del presente año, declarándose además ganador del mismo a este último club por un marcador de 3 x 0. Acompaña como medio de prueba la planilla del partido en cuestión.  

5) La audiencia celebrada con fecha 14 de Marzo del 2017, en el cual comparecen los clubes Colo Colo, Unión Española y O’Higgins estos dos últimos, ratificando sus denuncias y para hacer sus descargos el primero. Además, el Club O’Higgins se hace cargo de la denuncia formulada en su contra por el Club de Deportes Cobresal.

6) En cuanto a esta última denuncia, y en parte relevante, señala en estrados el club O’Higgins S.A.D.P. a través de su abogado que el señor Eliano Ruffini tiene contrato registrado en la A. N. F. P. en su calidad de “Auxiliar Técnico” y que al haber sido aceptado y registrado por la Secretaría Ejecutiva de la A.N.F.P. el club no habría incurrido en ninguna infracción al incluir al señor Ruffini en la planilla de juego del encuentro disputado entre el Club de Deportes Cobresal y el club O’Higgins.

SE RESUELVE: 

1) Se sanciona al Club Colo Colo con una multa ascendente a diez Unidades de Fomento por infracción al artículo 37° numeral 1) de las Bases del Torneo de Primera División 2016/2017, con ocasión del partido disputado contra el Club Unión Española el día 4 de febrero de 2017. 2) Se sanciona al Club Colo Colo con una multa ascendente a diez Unidades de Fomento por infracción al artículo 37° numeral 1) de las Bases del Torneo de Primera División 2016/2017, con ocasión del partido disputado contra el Club Deportes Temuco el día 25 de febrero de 2017. 3) Se sanciona al Club O’Higgins de Rancagua con una multa ascendente a diez Unidades de Fomento por infracción al artículo 37° numeral 1) de las Bases del Torneo de Primera División 2016/2017, con ocasión del partido disputado contra el Club Cobresal el día 24 de febrero de 2017. 4) Se absuelve al Club Colo Colo con ocasión del partido disputado contra el Club O’Higgins de Rancagua el día 18 de febrero de 2017. 

Esto es parte de la resolución de la ANFP, si quieres leer de manera completa puedes hacer CLICK AQUÍ.



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